martes, 14 de enero de 2014




DERECHO A LA CLÁUSULA DE CONCIENCIA




El periodismo como profesión abre muchas oportunidades dentro de las cuales permite que una persona difunda información para que la sociedad es decir el colectiva las recepte  se mantenga al día de lo que ocurre en el mundo; para su aplicación el profesional debe cumplir con ciertas normas que lo regulan aplicados en la Ley Orgánica de Comunicación, dentro de la cual también existen derechos que como profesional lo amparan; a esto nos referimos con el Derecho a la Cláusula de Conciencia.
Derecho de un periodista de separarse voluntariamente de la empresa cuando se produzca un cambio de orientación ideológica que le implique un conflicto conciencial”. (Justicia, 2012)
Éste es un derecho que todo periodista tiene, poniendo en consideración dos aspectos importantes por una parte la ideología del medio y por otra la postura del periodista frente a aquella ideología que mantienen los medios de comunicación.
 Entonces la dificultad se genera cuando estos dos puntos son contradictorios; es decir, cuando el periodista está en desacuerdo con la línea editorial del medio, en la que sus principios especialmente los que se encuentran implícitos en la persona de acuerdo a lo que su conciencia le condiciona a realizar actos sean buenos o malos y por lo tanto aquellos principios le exigen al periodista someterse ante aquellas exigencias que parten de la moral del ser humano.

















La razón es que el jefe no puede imponer al empleado su tendencia ideológica; es decir, no puede maltratarlo moralmente ni humillarlo ideológicamente; ante esta postura y frente a lo que actualmente sucede en el país; creo que este derecho se constituyó en el momento más adecuado porque de tal forma se establece que quienes son dueños de los medios no obliguen a su personal a someterse a imposiciones.
Según Marc Carrillo, la cláusula de conciencia pretende salvaguardar la libertad ideológica, el derecho de opinión y la ética profesional del periodista, aspectos que, por su magnitud y trascendencia, merecen una protección especial. (Campo, 2012).
 

De acuerdo a los aportes que nos brindas estos autores se puede evidenciar que mediante este derecho se puede regular y por último erradicar la manipulación de los dueños del poder, con la imposición de nuevas formas de favorecer al periodista; la cuestión está en que el profesional basándose en sus principios éticos no acceda a manipular la información; sino más bien en dicho caso hacer respetar sus derechos y por tanto no podrá someterse a imposiciones.
En conclusión se define que la cláusula de conciencia es un derecho moral que cada periodista tiene al momento de ejecutarse en el campo del periodismo, y para su cumplimiento es necesario que los periodistas conozcan a fondo sobre el código de ética y que importante sería que estos conocimientos sean adquiridos desde la institución educativa para que a largo plazo no tengan inconvenientes con este tema y puedan basarse en estos principios para desarrollar su profesión.

Palabras claves:
Derechos
Profesión
Periodista
Ética 
Conciencia
Principios
Manipulación
Dominio

Bibliografía

Campo, U. d. (09 de 04 de 2012). artículos de opinión.
Justicia, E. S. (26 de 10 de 2012).
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/7/21.pdf








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